miércoles, 10 de marzo de 2010

La Corte dice que son irrecurribles fallos éticos

El ministro Miguel Óscar Bajac anunció ayer que se modificó el artículo 33 del Código de Ética por el que se dispone que no se pueden atacar en ninguna instancia judicial los fallos del Tribunal de Ética contra los jueces.

El propio ministro de la Corte Miguel Óscar Bajac anunció ayer en reunión de prensa que la Corte modificó el artículo 33 del Código de Ética, con lo que se dispone que ningún tipo de recursos judiciales era válido contra las resoluciones del Consejo Consultivo y el Tribunal de Ética.

Aunque no lo reconoció, hace poco, el Máximo Tribunal había sido bastante criticado al dejar sin efecto una sanción impuesta por el Tribunal de Ética, a pedido de la jueza en lo Civil y Comercial Nilse Ortiz.

"La Corte quiere hacer bien su trabajo. Los fallos del Tribunal de Ética y del Consejo Consultivo no son recurribles, con la modificación que hará el pleno de la Corte. Con eso cerramos un capítulo", apuntó el alto magistrado.

Ante la consulta de si la Corte reconoció que se equivocó en el Código, dijo que eran humanos y que se tenía que aclarar el artículo. Incluso hizo un mea culpa.

Sobre el caso de la magistrada en lo Civil Nilse Ortiz, el ministro Bajac señaló que ya era una cosa juzgada, y no podía ser modificada al haber un fallo jurisdiccional al respecto.

MODIFICACIÓN. Ya horas más tarde, en sesión del pleno de la Corte, los ministros dispusieron "modificar el Artículo 33 del Reglamento de la Oficina de Ética Judicial de la República del Paraguay".

El citado artículo quedó así: "Las resoluciones del Tribunal son irrecurribles, salvo aquellas que hicieran lugar a las denuncias, las que serán susceptibles del recurso de reconsideración de conformidad con las disposiciones del artículo 63 del Código de Ética Judicial. No será admisible ningún tipo de acción ante órganos jurisdiccionales tendientes a dejar sin efecto decisiones emanadas de dicho proceso".

Con ello se cumplió el anuncio del ministro Miguel Óscar Bajac acerca del Código de Ética, cuyo tribunal incluso había sancionado a dos ministros de la Corte Suprema de Justicia.

OPINIÓN. Por su parte, Esteban Kriskovich, director del Departamento de Ética Judicial, señaló que en el caso de la jueza Nilse Ortiz igual no estaba muy clara la resolución judicial, que incluso debía ser aclarada en el sentido de si se tenía que repetir o no el juzgamiento de la magistrada por el Tribunal de Ética.

Por otro lado, remarcó que los ministros de la Corte debían tener en cuenta que los fallos del Tribunal de Ética eran deontológicos y no jurídicos, por lo que no podían ser recurridos jurisdiccionalmente.

Kriskovich apuntó también que eso era parte de toda la doctrina internacional y estaba asentado en la mayoría de los Códigos de Ética judiciales de los países que los tenían.


Fuente: Última Hora 10/03/2010

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