La Sala Constitucional dio trámite a la primera inconstitucionalidad planteada contra una resolución del Tribunal de Etica Judicial, promovida por el ministro de la Justicia Electoral Juan Manuel Morales, para rever una sanción moral. Contradictoriamente, en un espacio reservado, aseguró que solo se puede accionar contra normas y resoluciones judiciales.
Morales, cuestionado ministro de la Justicia Electoral, promovió la primera acción de inconstitucionalidad contra la “amonestación” que le aplicó el tribunal de Etica Judicial por fuertes declaraciones.
“Es un indeseable para la justicia y para el país. No tiene la cola limpia para hablar”; “Que tome su Tranquinal y disfrute con su sentencia por un tiempo más, ya le vamos a caer de golpe con otra sentencia” y “Ese gordo molesta y tiene que irse de acá”, fueron algunas de las declaraciones realizadas por Morales con relación a su colega de la Justicia Electoral Alberto Ramírez Zambonini, en diferentes medios de comunicación.
A raíz de estas declaraciones, el Tribunal de Etica le aplicó la amonestación, la sanción moral más grave.
Sin embargo, Morales en todo momento desconoció la facultad de este tribunal para imponer la sanción, por lo que recurrió por la vía de la inconstitucionalidad.
Morales también alegó que la Justicia Electoral no forma parte del Poder Judicial. Empero, el Código de Etica sostiene que son pasibles de sanción todos los jueces de la República, desde jueces paz hasta ministros de Corte así como los de la Justicia Electoral.
Respecto a Martín Almada, Morales dijo que debía ir a la calle Venezuela, en alusión al Neurosiquiátrico.
CONTRADICCIÓN
El contrasentido de Morales se materializó ayer en un espacio reservado que pagó y en el que cuestionó a Ramírez Zambonini por haber recurrido por la vía de la inconstitucionalidad una resolución administrativa que le privó a este último de ejercer la presidencia de la Justicia Electoral. “La inconstitucionalidad solo cabe contra normas jurídicas y resoluciones judiciales de conformidad al art. 132 de la Constitución Nacional”, argumentó Morales.
EL CASO
La Oficina de Admisión Constitucional solicitó a la Oficina de Etica la remisión de los antecedentes de la investigación que derivó en la sanción a Juan Manuel Morales.
- La inconstitucionalidad planteada por Morales debe rechazarse “in límine” por ser una resolución de orden moral y no una resolución judicial, según fuentes.
- Víctor Núñez, Raúl Torres K. y Ramírez Zambonini fueron sancionados moralmente.
Fuente: Abc Digital 10/01/09
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