martes, 16 de febrero de 2010

Llamado a Concurso para miembros del Tribunal de Ética Judicial y del Consejo Consultivo de Ética Judicial

La Corte Suprema de Justicia de conformidad con el art- 43 del Código de Ética Judicial y 18 y siguientes del Reglamento de Procedimientos relativos al Código de Ética Judicial, llama a concurso a los Colegios profesionales en materia Jurídica, a las Universidades legalmente reconocidas en el país y entidades o instituciones de la sociedad civil vinculadas al sistema de justicia para presentar candidaturas a Miembro del Tribunal de Ética Judicial (2 vacancias para titulares y 3 para suplentes) y Miembreo del Consejo Consultivo (2 vacancias para titulares y 3 para suplentes) según Resolución de la Corte Suprema de Justicia Nº 2394 de fecha 2 de febrero de 2010, a causa de las renuncias presentadas por los doctores: MARCO ANTONIO ELIZECHE, FELIPE SANTIAGO PAREDES, RODOLFO GILL PALEARI y LUCILA GATTI LATERZA.

Los nombres decandidatos/as para integrar el Tribunal de Ética Judicial y el Consejo Consultivo deben reunir cualquiera de los siguientes requisitos:
a) Sean ex Jueces que hayan ejercido la Magistratura Judiacial durante quince años como mínimo;
b)Abogado que haya ejercido la abogacía durante veinte años como mínimo; y/o
c)Docente universitario que ejerza, o haya ejercido, la docencia en materia de ética jurídica, deontología jurídica o filosofía del derecho, como profesor escalafonado durante quince años como mínimo.

Las postulaciones deberápresentarse a la Oficina de Ética Judicial, sito en el 3er. Piso Torre Norte del Palacio de Justicia de Asunción, dentro de los 30 días corridos de la priera publicación del llamado, mediante formularios proveídos por dicha oficina.

A los interesados en integrar el Consejo Consultivo o el Tribunal de Ética Judicial, podrán presentar personalmente su postulación o en su caso la propuesta avalada por la asociación o institución a la que pertenezcan.

Los requisitos y condiciones para ser miembro del Consejo Consultivo y del Tribunal de Ética Judicial son los siguientes:
a) Que el postulante goce de honorabilidad, públicamente reconocida.
b) El cargo es incompatible con el ejercicio de cargos o funciones públicas.
c) Es ad-honorem y sin remuneración.
d) Duran 3 años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos.

Más informes llamar al 021 42 54 93 Oficina de Ética Judicial.

Asunción, 16 de febrero de 2010
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


Fuente: Última Hora16/02/2010

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