lunes, 8 de septiembre de 2008

Sentencia de la jueza Nilse Ortiz dejó sin opción de defensa al Estado

La jueza Nilse Ortiz firmó la sentencia 2491/07, documento que se utilizó para intentar cobrar 100 millones de dólares en intereses que no existen. En los últimos tres días de Duarte Frutos, la oferta de comisión habría llegado al 80 por ciento, de cumplirse la orden judicial. Cipasa reclama el pago de intereses por la expropiación de sus tierras.

Cipasa promovió diversas acciones judiciales. La ley de expropiación no quedó firme hasta el 2006. Ahora Cipasa viene con un delirante reclamo de 100 millones de dólares de intereses. En la foto, fiscales en Puerto Fontciere, año 2001.

En mayo de 2007, el abogado Juan Ernesto Villamayor inició una demanda contra el Estado paraguayo, reclamando el pago de 400 mil millones de guaraníes (100 millones de dólares) en concepto de intereses por la expropiación de tierras de la Compañía Inmobiliaria Paraguayo – Argentina (Cipasa).

El abogado tomó como parámetro el porcentaje de inflación entre los años 1995 y 2006. La estadística se conoce como índice de precios al consumidor y es fijado por el Banco Central del Paraguay.

Según Juan Ernesto Villamayor, el Estado debe más de 400 mil millones a Cipasa.

En su escrito sostiene que en 1995, la empresa debió recibir 22 mil millones de guaraníes en concepto de intereses porque la tasa de inflación de ese año fue 10.5 por ciento.

El 10.5 por ciento de interés aplica sobre una indemnización total de 215 mil millones de guaraníes (54 millones de dólares), cifra que debe pagarse a Cipasa en cumplimiento de la sentencia 368 de primera instancia.

El supuesto del Abog. Juan Ernesto Villamayor es falso. En primer lugar, el Estado paraguayo no adeuda ni un guaraní a Cipasa en concepto de intereses.

La expropiación de las tierras de la empresa recién quedó firme y ejecutoriada en el año 2006; apenas se realizó la transferencia de tierras, Cipasa cobró la primera cuota de las 10 que le corresponden por indemnización.

Ninguna sentencia judicial impuso al Estado la obligación de pagar intereses y la empresa a lo largo del proceso judicial que siguió a la expropiación no pidió intereses.

No existe ninguna sentencia judicial que establezca este compromiso a las arcas públicas. No hay intereses, así de simple.

PODRÍA SER UN INTENTO DE ESTAFA

Cipasa reclama el pago de una deuda que no existe. La ley 517 de expropiación estuvo suspendida en su aplicación entre los años 1996 y 2004. Recién en el año 2000 se fijó el precio de la tierra, lo que fue ratificado por sentencia 110 del 2002.

Si entre los años 1996 y 2000 no existía un precio por la tierra ¿por qué Cipasa alega que le corresponden intereses?

La demanda de Juan Ernesto Villamayor asegura que los intereses en ese período son los siguientes: año 1995, 22 mil millones; año 1996, 19 mil millones; año 1997, 16 mil millones; año 1998, 40 mil millones; año 1999, 17 mil millones; año 2000, 28 mil millones.

Sin embargo, en todo ese período no existió una sentencia judicial que estableciera ningún precio.

Cipasa inició el juicio de fijación de precio en el año 1996, reclamando un monto mayor al establecido en la ley 517 que fue de 50 mil guaraníes por hectárea.

En el año 2000 se impone un precio de 950 mil guaraníes por hectárea, ratificada por sentencia en el año 2002.

Si entre 1996 y 2000 no existió un precio por la tierra, tampoco hay interés; es obvio en extremo.

De última, en el supuesto que deba pagarse interés, el cálculo en este período corresponde al monto de 50 mil guaraníes por hectárea y no sobre 950 mil porque esta cifra recién se fijó en el año 2000.

SENTENCIA DE NILSE ORTIZ

Pregunta Juan Ernesto Villamayor: “¿Por qué supone el periodista que cuando el Estado me quita mi propiedad soy yo el obligado a cumplir diversos trámites administrativos?”.

La respuesta es sencilla: Cipasa pidió por escrito al Poder Judicial que la transferencia de sus tierras se realice por escritura pública; aparte, es la única forma que existe para llevar a cabo la titulación de tierras.

Cipasa pidió y la sentencia 368 de primera instancia dice: “Señalar el plazo de diez días, luego de quedar firme y ejecutoriada la presente resolución, para que la firma formalice la transferencia de dominio de las fracciones afectadas por la expropiación”.

Aquí la pregunta que cabe es ¿por qué Cipasa tardó seis años en realizar la transferencia? La sentencia 368 es del año 2000, pero recién en el 2006 la empresa pasó a nombre del Estado las tierras expropiadas.

El caso no termina aquí. El 24 de diciembre de 2007, la magistrada Nilse Ortiz dictó la sentencia 2491 que rechaza la oposición del Estado a pagar intereses y declara “la cuestión como de puro derecho”.

Esto quiere decir que la jueza Nilse Ortiz dejó indefenso al Estado y se sumó a la pretensión de reclamar 100 millones de dólares de intereses que no existen.

Esta sentencia judicial se utilizó para intentar el cobro millonario al Ministerio de Hacienda.

En las semanas previas al cambio de gobierno, con este documento en la mano, se intentó convencer al actual viceministro de Administración y Finanzas Miguel Gómez que haga efectivo el pago.

Miguel Gómez rechazó la pretensión y comenzó a recibir una serie de llamados telefónicos en procura de que cambie su decisión.

Tres días antes de la asunción de Fernando Lugo la propuesta de comisión habría llegado al 80 por ciento, sobre la base de 100 millones de dólares.

Valdría la pena investigar la conexión de Enrique Bacchetta, presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, con la jueza Nilse Ortiz para encontrar una explicación a la sentencia que pudo causar al Estado la pérdida de 100 millones de dólares, en concepto de intereses que no existen.

Cien millones de dólares es mucho dinero y cada centavo es nuestro. No tenemos por qué regalar este dinero.


Fuente: ABC digital

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