La fiscala Soledad Quiñónez se opuso al pedido formulado por la jueza Nilse Ortiz de Silva de anular su imputación por supuesto plagio. La procesada considera que el hecho corresponde al ámbito privado y no al penal.
La magistrada refiere que el artículo 17 del Código Procesal penal establece que la violación de Derecho de Autor debe ser debatida a través de una acción penal privada, por ende, sin presencia de la fiscalía.
Sin embargo, la fiscala Quiñónez entiende que esta disposición del Código fue derogada por la ley de Transición.
Menciona que para que una figura penal sea incluida en el ámbito de la acción privada debe estar expresamente establecida en la ley, porque entra dentro del campo de las excepciones.
En caso contrario, pasa a ser un delito de acción penal pública, que es lo que ocurre con la violación de Derecho de Autor.
La fiscala de Marcas fue notificada de esta presentación de la jueza. Sin embargo, el juez de garantía Hugo Sosa Pasmor no le había comunicado del inicio de la investigación, tampoco el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado levantó sus fueros a Ortiz
Ayer, la fiscala concurrió al juzgado para darse por notificada, según indicaron las fuentes.
La excepción de falta de acción deberá ser resuelta por el juez Sosa Pasmor.